TDAH = Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad

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domingo, 16 de octubre de 2016

IX SEMANA EUROPEA DE SENSIBILIZACIÓN SOBRE EL TDAH


Desde el año 2008, las asociaciones españolas celebramos la Semana Europea de Sensibilización sobre el TDAH, patrocinado por ADHD Europe en coordinación con las restantes asociaciones europeas. Cada asociación organiza su propio programa de actividades pero todas dirigidas a sensibilizar a la sociedad sobre el Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad y a resaltar las evidencias científicas que demuestran que el TDAH existe.
Este año, la novena edición de la Semana de Sensibilización se celebra del 16 al 23 de octubre. En esta ocasión, la Federación Española de Asociaciones de Ayuda al Déficit de Atención e Hiperactividad (FEAADAH) ha centrado su manifiesto en la continuidad del TDAH en la vida adulta en la mayoría de los casos, y en la necesaria atención multimodal también en esta etapa.
Adjuntamos el Manifiesto que la FEAADAH ha escrito para esta ocasión.



Como en las anteriores ediciones, las asociaciones seguimos concienciando a la sociedad sobre la pertinencia de que los escolares afectados por el TDAH vean reconocidas sus necesidades específicas de apoyo educativo y el derecho a recibir los apoyos adecuados a las mismas con independencia de la Comunidad Autónoma en la que se escolaricen, como así se reconoce de forma expresa en la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE). Igualmente, hacemos de nuevo un llamamiento público a los diferentes grupos políticos para que hagan lo necesario a favor de este objetivo.

Con motivo de esta IX Semana de Sensibilización, la Asociación TDAH Guadalajara imparte el jueves 20 de octubre la conferencia con el título “Regulación emocional en niños y niñas con TDAH: seguimos aprendiendo de ellos y con ellos"

El acto, con entrada libre, está dirigido a familiares y afectados/as por el Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad, aunque también a personas sin este trastorno pero con dificultades para gestionar adecuadamente sus emociones: frustración, baja tolerancia a la espera, pobre autoestima, mal control de la ansiedad, deficiente manejo de la ira, etc., tan frecuentes en la sociedad actual.

La conferencia se celebra en el Salón de Actos del Campus Universitario: C/ Cifuentes, nº 28, en Guadalajara.

Las psicólogas Trinidad Bonet Camañes y Arwen Caban son las ponentes de esta conferencia.
Arwen Caban es psicóloga sanitaria. Clínico EMDR. Trinidad Bonet Camañes es psicóloga clínica, especialista en psicoterapia por la European Federation of Psychologist y autora de numerosos artículos y libros sobre trastornos psicológicos en la infancia.

viernes, 7 de agosto de 2015

AYUDAS PARA ALUMNOS/AS CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO


Resolución de 4 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2015-2016.


Se convocan las siguientes ayudas individualizadas:
  • Ayudas directas para el alumnado incluyendo al afectado por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requiera por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
  • Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
  • Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

Requisitos

Para los alumnos que presentan necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta podrá obtener  estas ayudas cuando cumpla los siguientes requisitos:

1) Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivado de discapacidad o por trastorno grave de conducta, siempre que esta necesidad se  haya acreditado por una de estas vías:
          Certificación de equipo de valoración de un centro base.
          Certificado de un equipo de orientación educativa.
          Certificado de Discapacidad.
2) Es necesario tener cumplidos 2 años de edad a 31 de diciembre de 2015, salvo excepciones que requieren justificación extraordinaria.
3) Cursar estudios en centros educativos autorizados por la administración pertinente, a la fecha de terminación del plazo de solicitud de las ayudas.
4) Cursar alguno de los siguientes estudios:
          Educación Infantil.
          Educación Primaria.
          Educación Secundaria Obligatoria.
          Bachillerato.
          Ciclos formativos de grado medio y superior.
          Enseñanzas artísticas profesionales.
          Programas para una cualificación profesional inicial
          Formación Profesional Básica.
          Programas de formación para la vida adulta.
5) Para el subsidio se requerirá ser miembro de familias numerosa de cualquier categoría.

Reglas de procedimiento y plazo

Comienza el 02 de agosto y termina el 30 de septiembre.

¿Qué documentos debo presentar y dónde?

Para acreditar los requisitos generales: alguno de los tres siguientes documentos:
  • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
  • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
  • Certificado de discapacidad.

Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje:
  • Certificados específicos de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente según los modelos que genera el formulario y certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).

Para acreditar las circunstancias que dan derecho a deducción de la renta (familias numerosas, minusvalía/discapacidad calificada, etc.)
  • Documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de minusvalía/discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.

¿Dónde tengo que presentar la solicitud?
  1. Solicitantes con certificado electrónico: iniciarán el proceso a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. 
  2. Solicitantes sin certificado electrónico: cumplimentarán e imprimirán el modelo de solicitud que se obtiene a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y lo presentarán, una vez firmado, en el centro educativo en que se van a realizar los estudios en el curso 2015/2016.

En ambos casos, será necesario que el solicitante (que es siempre el alumno) esté registrado, es decir, dado de alta en la Sede Electrónica. 

Más información sobre este trámite o servicio:
Teléfono: 913277681
Código SIA: 050140

lunes, 2 de diciembre de 2013

EL TDAH RECONOCIDO POR LEY COMO NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO



El pasado 28 de noviembre de 2013, el Congreso no sólo ha dado luz verde a la LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa): también el TDAH ha sido reconocido como necesidad específica de apoyo educativo en el Artículo 71.2  y se registra una enmienda para fijar el Artículo 79 bis por el que se exigirá por ley a todas las comunidades autónomas que se garantice la detección precoz y se atienda adecuadamente a los alumnos con necesidades de aprendizaje por dislexia y trastorno de déficit de atención con hiperactividad.

El jueves 20 de noviembre dicha enmienda ya fue aprobada por el Pleno del Senado, la cual fue incluida en la Comisión de Educación del Senado a propuesta del senador Pedro Eza, de Unión del Pueblo Navarro.
Aunque desde que en 2012 que se conoció el primer borrador, se produjo un rechazo generalizado a la ley entre determinados sectores sociales, este artículo que nombra específicamente al TDAH se ha aprobado en el Senado por 300 votos a favor con 9 en contra y 12 abstenciones.

De esta manera, se considera alumnado con necesidad específica de apoyo educativo aquel que por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje por dislexia y por trastorno por déficit de atención con hiperactividad, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de historia escolar, requiera una atención educativa diferente a la ordinaria para que pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.

Incluir el TDAH en la LOMCE es trascendental para todos los niños, niñas y adolescentes con trastorno por déficit de atención e hiperactividad, que tendrán así una igualdad de oportunidades en el ámbito educativo, con independencia de la comunidad autónoma en la que estén escolarizados, todo ello con rango de ley orgánica. El consenso alcanzado para citar el apoyo al TDAH en la legislación básica estatal ayudará a su permanencia ante reformas futuras de la ley.

FUENTES: