TDAH = Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad

viernes, 7 de agosto de 2015

AYUDAS PARA ALUMNOS/AS CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO


Resolución de 4 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2015-2016.


Se convocan las siguientes ayudas individualizadas:
  • Ayudas directas para el alumnado incluyendo al afectado por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requiera por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
  • Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
  • Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

Requisitos

Para los alumnos que presentan necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta podrá obtener  estas ayudas cuando cumpla los siguientes requisitos:

1) Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivado de discapacidad o por trastorno grave de conducta, siempre que esta necesidad se  haya acreditado por una de estas vías:
          Certificación de equipo de valoración de un centro base.
          Certificado de un equipo de orientación educativa.
          Certificado de Discapacidad.
2) Es necesario tener cumplidos 2 años de edad a 31 de diciembre de 2015, salvo excepciones que requieren justificación extraordinaria.
3) Cursar estudios en centros educativos autorizados por la administración pertinente, a la fecha de terminación del plazo de solicitud de las ayudas.
4) Cursar alguno de los siguientes estudios:
          Educación Infantil.
          Educación Primaria.
          Educación Secundaria Obligatoria.
          Bachillerato.
          Ciclos formativos de grado medio y superior.
          Enseñanzas artísticas profesionales.
          Programas para una cualificación profesional inicial
          Formación Profesional Básica.
          Programas de formación para la vida adulta.
5) Para el subsidio se requerirá ser miembro de familias numerosa de cualquier categoría.

Reglas de procedimiento y plazo

Comienza el 02 de agosto y termina el 30 de septiembre.

¿Qué documentos debo presentar y dónde?

Para acreditar los requisitos generales: alguno de los tres siguientes documentos:
  • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
  • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
  • Certificado de discapacidad.

Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje:
  • Certificados específicos de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente según los modelos que genera el formulario y certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).

Para acreditar las circunstancias que dan derecho a deducción de la renta (familias numerosas, minusvalía/discapacidad calificada, etc.)
  • Documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de minusvalía/discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.

¿Dónde tengo que presentar la solicitud?
  1. Solicitantes con certificado electrónico: iniciarán el proceso a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. 
  2. Solicitantes sin certificado electrónico: cumplimentarán e imprimirán el modelo de solicitud que se obtiene a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y lo presentarán, una vez firmado, en el centro educativo en que se van a realizar los estudios en el curso 2015/2016.

En ambos casos, será necesario que el solicitante (que es siempre el alumno) esté registrado, es decir, dado de alta en la Sede Electrónica. 

Más información sobre este trámite o servicio:
Teléfono: 913277681
Código SIA: 050140

No hay comentarios:

Publicar un comentario