TDAH = Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad

martes, 20 de noviembre de 2012

LA ESCUELA ANTE EL TDAH


"Si buscas resultados diferentes no hagas siempre lo mismo".
Albert Einstein


Es evidente que la labor de los y las docentes es cada día más difícil: más alumnos y alumnas en clase, todos diferentes y cada uno con su problemática. Es cierto que los educadores no suelen recibir la formación necesaria para poder abordar todas las dificultades de sus alumnos/as, y las tensiones originadas por la situación económica tampoco favorecen la atención a la diversidad.

Recogemos algunos de los puntos de vista de los y las profesionales de la educación ante el TDAH. 
En primer lugar, debemos alabar y agradecer la actitud de una buena parte de estos educadores y educadoras, cada vez mayor, que se implica y preocupa por sacar a nuestros hijos/as con TDAH adelante, al entender y atender sus dificultades y potenciar sus aspectos positivos. Como muestra, un grupo de trabajo de la Federación de asociaciones TDAH de Castilla-La Mancha realizó el pasado 2011/2012 un curso online sobre TDAH, (limitado a 400 plazas, aunque se recibieron más de 1000 solicitudes) a través de su Consejería de Educación, Cultura y Deportes, el cual resultó ser un éxito sin precedentes, con unos resultados muy gratificantes tanto para los docentes como para los tutores que dirigíamos el curso, que comprobamos el alto nivel de compromiso de todos ellos/as con la diversidad educativa.
Por otra parte, sin embargo, existe un gran sector que se resiste a aceptar la existencia del TDAH en el aula. Las razones alegadas para no atenderlo se recogen en frases como: “ahora, todos los niños tienen TDAH”, “el TDAH está sobrediagnosticado”, “los padres sobreprotegen y consienten el comportamiento de los niños”, “el TDAH no existe, es una invención de las farmacéuticas”, "están maleducados porque las familias no se ocupan de ellos", “en realidad, son alumnos vagos que no quieren esforzarse”, etc., etc., etc. Pero ignorar los problemas y buscar otros culpables son, al fin y al cabo, excusas para justificarse,  y no parece ser la salida más inteligente ni la más eficaz.
El Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad es una condición o patrón de comportamiento inadaptado, de base neurobiológica, iniciado generalmente en la infancia, cuyos síntomas básicos son de carácter cognitivo-conductual, que se manifiestan visiblemente con falta de atención, hiperactividad e impulsividad, entre otras dificultades funcionales.
El TDAH es una realidad que altera el aprendizaje de los alumnos/as que lo padecen y  cada día, alarmantemente para algunos,  se incrementa el número de diagnósticos. Las estimaciones de su prevalencia varían según los métodos valorativos utilizados (entrevistas, cuestionarios, tipos de test, etc.) y del grupo de sujetos estudiados (población general o clínica, edad, sexo, características sociodemográficas, subtipos, comorbilidad, etc.).  Los porcentajes más aceptados en cuanto a prevalencia, son los recogidos por el DSM IV-TR (Manual  Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales, de la American Psychiatric Association)de entre el 3% y el 7%, aunque estos datos son de 2001. El aumento de estos últimos años quizá se deba a que existe una mayor conciencia pública y divulgación, lo que permite el diagnóstico precoz que, a su vez, debería favorecer la atención temprana.
Es cierto también que siempre ha habido niños hiperactivos, pero no siempre las exigencias del entorno han sido tan acentuadas: largas horas sentados, atentos, escuchando explicaciones monótonas y nada estimulantes, cuando han nacido en una sociedad que trabaja constantemente con nuevas tecnologías interactivas y con numerosos estímulos audiovisuales gratificantes. Vemos con preocupación cómo nuestros hijos/as con TDAH son inatentos, no se concentran, tienen un alto grado de actividad motriz, son impulsivos y con escaso autocontrol, exigen satisfacciones inmediatas y atención continua, tienen poca tolerancia a la frustración, son poco reflexivos, muy desorganizados, sin motivación intrínseca, regulan con dificultad sus emociones, tienen dificultades a la hora de relacionarse, no manejan eficazmente el tiempo, procrastinan y tienen enormes dificultades para “ponerse en marcha”, con poca persistencia en las tareas y, sobre todo, lo que hoy en día es significativamente relevante, no son capaces de superar con éxito sus estudios. Todo esto, irremediablemente, afectará a su preparación a la hora de buscar trabajo y… “no está el horno para bollos”… Además, estos síntomas, que en muchos casos vienen acompañados de otros trastornos (comorbilidad), tienen amplias y graves repercusiones en su vida cotidiana, empezando por el marcado deterioro de su autoestima.
En realidad, los estudios especializados confirman que el TDAH está infradiagnosticado, si bien es cierto que no en todos los casos los síntomas detectados responden a un TDAH, pero sí que pueden responder a otras patologías. Por eso, es necesario realizar diagnósticos concienzudos y exhaustivos, para poder aplicar los tratamientos adecuados. Desde el ámbito familiar, la mayoría de los padres y madres de estudiantes con TDAH, nos informamos y aprendemos a manejar este trastorno, llegando casi a “profesionalizarnos”. En muchas ocasiones, somos más severos con la educación de sus hijos con el trastorno que con nuestros otros hijos sin TDAH. Aunque no existe un marcador biológico que determine sin lugar a duda si un paciente sufre o no de TDAH, los modernos estudios de neuroimagen y los avances en la genética ponen de manifiesto su carácter neurobiológico, lo que nos da a entender que algo pasa en el cerebro de las personas afectadas.
Hacemos hincapié  en que ignorar desde la enseñanza este trastorno suena a excusa para no atenderlos adecuadamente, bien porque puede considerarse que se está “haciendo un favor” justamente a esos alumnos más problemáticos y más atrasados, descarados y que no quieren esforzarse,  bien porque se considere que los docentes tendrían que invertir un mayor tiempo y esfuerzo en  la atención a estos alumnos/as. De esta manera, la atención que reciben nuestros hijos parece quedar, en algunos casos, a merced de la “buena voluntad del profesor/a”. En otras palabras, parece que es “cuestión de suerte”…
Recibir la adecuada respuesta educativa para el TDAH no es un privilegio, es un derecho y una necesidad.
En Derecho existe una máxima jurídica: “Ignorantia juris non excusat” (o también “Ignorantia legis neminem excusat”), que viene a decir que alegar el desconocimiento de la norma no es excusa para su obligatoriedad y cumplimiento.
Así, la LOE (Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo), en su art. 73 nos dice que “se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta”.
Y el TDAH es un Trastorno Grave de Conducta, pero no porque todo niño con TDAH tenga necesariamente que portarse mal para tener TDAH y para ser considerado como alumno con necesidades educativas, sino porque el TDAH aparece clasificado así por definición en los manuales médicos de clasificación de los trastornos mentales y del comportamiento:

En el DSM IV-TR (Manual  Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales, de la American Psychiatric Association: APA), se incluye como uno de los Trastornos de Comportamiento Perturbador, junto al Trastorno Disocial y al Trastorno Negativista Desafiante.
En la CIE 10 (la Clasificación Internacional de los trastornos mentales, publicada por la OMS en 1992) clasifica el TDAH bajo la denominación de Trastorno Hipercinético, dentro de los “Trastornos del Comportamiento”.
De esta manera, considerar que sólo tiene necesidades de educativas aquel alumno/a que tenga un comportamiento incómodamente disruptivo se debe a una interpretación errónea del concepto de “trastorno  grave de conducta” porque el TDAH, sea del subtipo que sea, se clasifica dentro de los trastornos de conducta, junto al disocial y al negativista desafiante.
Así pues, la LOE, en el art. 71 manifiesta que corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos/as que necesitan una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar necesidades educativas especiales alcancen el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos educativos.
Igualmente, las Administraciones educativas deben regular y asegurar la participación de los padres en las decisiones que afecten a los procesos educativos de este alumnado, y adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos. El tratamiento del TDAH es multidisciplinar, en el que deben colaborar fluidamente familias y profesionales, tanto educativos como médicos para conseguir un  tratamiento y pronóstico favorables.
Según el art. 72 de la LOE (Ley Orgánica de Educación 2/2006), los recursos para atender al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se concretan en:

  • Profesores y profesionales cualificados para la adecuada atención a ese alumnado (objetivo en detrimento por los recortes en Educación).
  • Una adecuada organización escolar, realizando las adaptaciones y diversificaciones curriculares o metodológicas precisas para cada alumno particular.
  • La formación del profesorado para saber afrontar el tratamiento del TDAH en el aula 
  • La colaboración con otras Administraciones o entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, instituciones o asociaciones, para facilitar la escolarización y una mejor incorporación de este alumnado al centro educativo. En este aspecto, las asociaciones de padres, madres y demás familiares de afectados/as por el TDAH estamos llevando a cabo numerosas acciones y celebrando encuentros con las Administraciones para facilitar el cumplimiento de la LOE en materia de atención a la diversidad y para que se reconozca de manera explícita la atención educativa requerida.
Pero no es solo la legislación española la que reconoce este derecho a la Educación Inclusiva: en la Declaración de Salamanca, organizada por el Gobierno español en cooperación con la UNESCO, los delegados de la Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales, en representación de 92 gobiernos y 25 organizaciones internacionales, reunidos en Salamanca en 1994 reconocieron la Educación para Todos y la enseñanza para todos los niños/as, jóvenes y adultos con necesidades educativas especiales dentro del sistema común de educación, en la que “cada niño tiene características, intereses, capacidades y necesidades de aprendizaje que le son propios y los sistemas educativos deben ser diseñados y los programas aplicados de modo que tengan en cuenta toda la gama de esas diferentes características y necesidades” (UNESCO 1994, p.8).
Resaltamos que la educación inclusiva no sólo se limita a la educación obligatoria. El Plan de inclusión del alumnado con necesidades educativas (2011) del Ministerio de Educación y los decretos de Atención a la Diversidad de las diferentes comunidades autonómicas españolas, recogen el derecho a recibir  una educación adaptada a las diferencias individuales a lo largo de todas las etapas educativas, incluyendo los estudios postobligatorios: Formación Profesional de Grado Medio, Superior, Bachillerato, estudios universitarios y estudios en centros de educación de personas adultas. El TDAH es un trastorno crónico (aunque no se manifiesta igual en las diferentes etapas de la vida), que no se cura ni en la adolescencia ni en la edad adulta y que, en el mejor de los casos, remite parcialmente.

Así, poco a poco, las Administraciones van reconociendo de manera expresa el TDAH. Aunque poco conocida, existe una página web (estupenda) del Ministerio de Educación, del 2006, que recoge el TDAH dentro del apartado de Atención a la Diversidad, Educación Especial:
Muchas comunidades autonómicas están poniendo en marcha protocolos de actuación, acompañados de decretos y otras normativas que respaldan legalmente a estos  alumnos/as. De hecho, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte reconoce al TDAH claramente por su nombre en el ámbito de aplicación de las ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Con mucha frecuencia, escuchamos que el alumnado con TDAH no tiene necesidades educativas, que simplemente son vagos y maleducados. Las adaptaciones que generalmente requieren los y las estudiantes con TDAH, si no existen otros trastornos asociados, suelen ser metodológicas, no curriculares. En muchos casos, a estos alumnos/as no se les aplican estas adaptaciones hasta que no alcanzan retraso curricular de dos años. Esto es condenar al alumno/a, que en la edad adulta se quedará fuera del ámbito laboral, ya que, tras dos años de desfase, difícilmente podrá remontar el aprendizaje, dadas las dificultades cognitivas y el retraso madurativo característicos del TDAH.
Las estadísticas confirman que en cada aula pueden existir uno o dos casos. Sin entrar en otro de los "pretextos" que  alegan que el TDAH está sobrediagnosticado, está claro que son niños/as con dificultades de comportamiento y/o para aprender al ritmo adecuado. No nos quedemos con los clichés. Tengan o no TDAH, viendo el fracaso escolar que existe en nuestro país, la realidad es que encontramos estudiantes que no pueden seguir la enseñanza uniforme, que exige “alumnos iguales” que aprendan de la misma manera y al mismo ritmo. Esto no parece ser una enseñanza igualitaria. Cada persona es única, con sus dificultades y características, y no todos aprenden de la misma manera. Tener que contar con un decreto o con una ley educativa que nos obligue a atender al alumnado con dificultades escolares parece sorprendente en el S. XXI. Como dice Harry T. Chasty (Asesor en Capacidades y Trastornos del Aprendizaje del Instituto británico de la Dislexia) en su libro “Children Dificulties in Reading, Spelling and Writing”: “si este niño no aprende de la manera en que le enseñamos, ¿podemos enseñarle como él aprende (…)?" (Chasty, 1997, 269).
Una de las características más importantes de la metodología recomendada para el TDAH en la escuela es que sirve para todo tipo de alumnado y consiste en sencillas pautas que no requieren desembolsos económicos: sólo requieren un cambio de actitud. Los castigos y las reprimendas no funcionan con este alumnado. Su "mala" conducta no es intencionada, sino que está causada por una impulsividad "neurobiológica" y sus malas notas se deben a unas dificultades cognitivas que no favorecen el aprendizaje. Los niños, niñas y adolescentes con TDAH no son un problema, tienen un problema: que la enseñanza no se adapta a sus dificultades. 
Para ellos/as no hay nada más terapéutico que el éxito escolar.
¡Atendamos a la diversidad en el aula! ¡Aceptemos la diferencia! No es un favor, es un derecho del alumnado con necesidad de apoyo educativo. Infórmate sobre cómo ayudarlos.
Por Gloria López

2 comentarios:

  1. Muy interesante. Tienes toda la razón. Yo escribo mis experiencias en este blog http://blogs.hoy.es/psicologomarbella/ . Cada vez voy entendiendo más a mi hijo.

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  2. He visitado tu blog. Espero que la terapia de tu hijo continúe con los buenos resultados. Muchas gracias por tu comentario.
    Un cordial saludo

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